PROPIEDAD DE INVERSION.
Son propiedades, tales
como terrenos, edificios, partes de un edificio o ambos que se mantienen por su
dueño o arrendatario bajo la modalidad de arrendamiento financiero para obtener
rentas, plusvalías o ambas.
RECONOCIMIENTO DE
PROPIEDAD DE INVERSION
Se reconocerá como propiedades de inversión, los
elementos que cumplan con las condiciones estipuladas para un activo y además:
• Propiedades (terrenos o edificios,
considerados en su totalidad o en parte, o ambos) que se tienen para obtener
rentas, plusvalía o ambas.
• No estén destinados a la producción o
suministro de bienes o servicios.
• No estén destinados a fines administrativos;
• No exista un plan para disposición (NIIF 5). Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas (Cuentas
de Resultados)
En síntesis, son activos que en principio
cumplen con condiciones de ser clasificados como PPE, pero por su función se
presentan como una categoría independiente.
También se deben
reconocer como propiedades de inversión, los activos dados en arrendamiento
operativo, o los tomados en arrendamiento financiero por un arrendatario,
siempre y cuando los activos cumplan con los requisitos para ser reconocidos
como propiedades de inversión.
Se podrán reconocer como
propiedades de inversión, los activos tomados en arrendamiento operativo, por
un arrendatario, siempre y cuando el activo cumpla con los requisitos para
reconocerse como Propiedad de Inversión y se contabilice como un arrendamiento
financiero; es decir, se deberá contabilizar el activo y el pasivo de acuerdo
con lo establecido en la NIC-17.(Arrendamientos)
Se reconocerán como
propiedades de inversión, los inmuebles que están siendo construidos o
mejorados y cuya intensión por parte del poseedor, es generar rentas o
plusvalías.
Inmuebles para uso
futuro no determinado, deberán ser clasificados como propiedades de inversión.
Existen propiedades
donde una parte se tiene para ganar rentas o plusvalías y otra parte se utiliza
para la producción de bienes o servicios, o para fines administrativos. Si
estas partes se pueden vender por separado, la entidad las contabilizará por
separado; de lo contrario se reconocerá como PI si se utiliza una porción
insignificante del activo para la producción de bienes o servicios o para fines
administrativos.
Cuando una entidad tiene
una propiedad que arrienda a una
controladora o a otra subsidiaria del mismo grupo, en los estados financieros
consolidados del grupo no se clasificará dicha propiedad como de inversión,
dado que la ocupa el dueño; pero en los estados financieros individuales si se
reconocerá como tal por la entidad que la arrienda.
MEDICION INICIAL
Los costos iniciales y
posteriores de una propiedad de inversión, se determinarán siguiendo los
lineamientos previstos para la propiedad planta y equipo; es decir, los criterios
de capitalización de componentes e inspecciones, la sustitución de estos y la contabilización
de erogaciones que se deban llevar al resultado del ejercicio según lo establecido
en la NIC 16, (Inmovilizado material) aplica también para esta norma.
Las propiedades de
inversión se medirán inicialmente al costo, el cual incluye el precio de
compra, y desembolsos directamente atribuibles como honorarios, impuestos, trámites legales. El costo de adquisición es
el precio equivalente en efectivo en la fecha de reconocimiento; si el plazo se
prorroga más allá de los términos normales de crédito, la diferencia se
reconocerá como intereses a lo largo del crédito.
Si el activo no es
comprado, si no es producto de un contrato de arrendamiento financiero, el
arrendatario reconocerá como activo, en este caso propiedad de inversión, el
menor importe entre el valor razonable de la propiedad arrendada y el valor
presente de los pagos mínimos por arrendamiento. Este mismo criterio lo
empleará el arrendatario cuando, un arrendamiento operativo se vaya a tratar
como propiedad de inversión.
MEDICION EN EL RECONOCIMIENTO
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CAPITALIZACION DE COSTO
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MEDICION POSTERIOR.
Política Contable:
La entidad elegirá como
política contable el modelo del costo o el del valor razonable y aplicará esa
política a todas sus propiedades de inversión.
Sin embargo, cuando un
arrendatario, en un arrendamiento operativo, reconozca el derecho como propiedad
de inversión, deberá emplear el modelo del valor razonable para todos los
inmuebles clasificados como propiedades de inversión.
Aunque la norma requiere que la entidad aplique el
Modelo el de valor
razonable a todas sus propiedades de inversión cuando el arrendatario Clasifique
un arrendamiento operativo como propiedad de inversión, esto no significa que
todos los arrendamientos operativos deban ser clasificados como propiedades de inversión.
Por lo tanto, un arrendatario podrá no reconocer como
propiedad de inversión dichos arrendamientos, en cuyo caso podrá elegir el
modelo de costo como política para medición posterior.
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VALOR RAZONABLE
Si no es fiable
reconocer al valor razonable una propiedad de inversión en construcción, la
misma se medirá por su costo hasta que se pueda determinar su valor razonable
de forma fiable o haya completado su construcción.
Si no es posible
determinar con fiabilidad y en forma continuada el valor razonable de una
propiedad de inversión (diferente a la que se encuentra en construcción), la
entidad la medirá aplicando el modelo del costo de la NIC-16, pero supondrá que
el valor residual de la propiedad de inversión es 0.
“En casos excepcionales,
cuando una entidad se vea forzada, a medir una propiedad de inversión
utilizando el modelo del costo de acuerdo con la NIC 16, medirá el resto de sus
propiedades de inversión por su valor razonable, incluyendo las que estén en
construcción. En estos casos, aunque una entidad puede utilizar el modelo del
costo para una propiedad de inversión, en particular, continuará contabilizando
cada uno de los restantes inmuebles usando el modelo del valor razonable”.
“La mejor evidencia de
un valor razonable se obtiene, normalmente, de los precios actuales en un
mercado activo para propiedades similares en la misma localidad y condiciones,
y sujetos a arrendamientos y otros contratos… se recomienda a las entidades,
pero no se les obliga, a determinar el valor razonable de sus propiedades de
inversión a partir de una tasación practicada por un experto independiente”.
“Ante ausencia de precios actuales en un mercado
activo….
a. Precios actuales en un mercado activo para propiedades
de diferente naturaleza, ajustados para
Reflejar dichas diferencias.
b. Precios recientes en
mercados menos activos, con ajustes para reflejar cualquier cambio desde la
fecha en que ocurrieron las transacciones.
c. Proyecciones de flujos de efectivo
descontados basadas en estimaciones fiables.
EFECTOS DE LOS CAMBIOS
EN EL VALOR RAZONABLE
El modelo del valor
razonable difiere del modelo de revaluación, en este último, los aumentos en el
importe en libros sobre la medición basada en el costo se reconocen como
superávit de revaluación. Según el modelo del valor razonable, todos los
cambios en el valor razonable se reconocen en el resultado del periodo.
TRANSFERENCIAS
Se podrá realizar
transferencias desde y hacia propiedades de inversión, cuando y sólo cuando,
exista un cambio en su uso:
Hacia PI
• Fin de la ocupación por parte del dueño.
• Inicio de una operación de arrendamiento
operativo.
Desde PI
• Inicio de la ocupación de la propiedad por el
dueño.
• Inicio de un
desarrollo con intensión de venta.
Solo se puede transferir
de propiedades de inversión a inventarios, si se ha realizado un desarrollo;
cuando la entidad decida disponer de una propiedad de inversión sin hacer un desarrollo
específico, continuará clasificando la propiedad como de inversión hasta que
sea dada de baja en cuentas (eliminado del estado de situación financiera) y no
lo tratará como si fuera un elemento de las inventarios.
Cuando la entidad
utiliza el modelo del costo para las propiedades de inversión, las transferencias
desde las instalaciones ocupadas por el dueño o inventarios a esta categoría,
no implican ningún ajuste. De igual forma, las reclasificaciones desde propiedades
de inversión a PPE o Inventarios no tendrán ningún efecto en la medición.
Cuando se aplique el modelo de valor razonable,
las mediciones, en las reclasificaciones, tendrán los siguientes efectos:
• En caso de la
transferencia de un elemento desde inventarios a propiedades de inversión, para
contabilizarlo por su valor razonable, cualquier diferencia entre el valor
razonable de la propiedad a esa fecha y su importe en libros anterior se reconocerá
en el resultado del periodo.
• Para transferir de
propiedad ocupada por el dueño a propiedad de inversión, la entidad tratará
cualquier diferencia, entre el importe en libros de la propiedad determinado aplicando
la NIC 16 y su valor razonable, de la misma forma que una revaluación en la NIC
16.
En las reclasificaciones, para efectos de
medición se tendrá en cuenta lo siguiente:
• Para la transferencia
de propiedades de inversión, contabilizadas según su valor razonable, a
propiedades ocupadas por el dueño o a inventarios, el costo de la propiedad a efectos
de contabilizaciones posteriores, ya se utilice la NIC 16 o la NIC 2 (Existencias),
será el valor razonable en la fecha del cambio de uso.

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